Nuestros códigos
Estimados,
En BLINKER MEDIA CONSULTING S.A. (en adelante, “Blinker” o la “Compañía”) realizamos un trabajo profesional y de calidad basado en la solidez de nuestros valores y principios. Estamos comprometidos con llevar a cabo tratos éticos y equitativos, promover una cultura corporativa y mantener un comportamiento social y ambiental responsable con el entorno que nos rodea.
Por ello, contamos con un Programa de Integridad (el “Programa”) para nuestros empleados en el que se suscriben los valores y principios por los que se rige la Compañía para desarrollar sus actividades.
Para lograr el cumplimiento de estos valores y principios, debemos cooperar desde nuestra honestidad e integridad, siendo la suma de las voluntades individuales un compromiso colectivo.
Lograr y mantener los más altos estándares éticos y de reputación empresaria, es responsabilidad de todos. Esto comprende dar el ejemplo con una conducta ética, pero también reprobar e informar los comportamientos contrarios.
Agradecemos la colaboración de todos.
Cordialmente,
Marcelo Fedele
Presidente de Blinker Media Consulting S.A.
La Compañía tiene como misión llevar a cabo la prestación de un servicio de primer nivel, dentro de un marco de respeto social para con sus clientes y terceros que le permita ser un modelo de excelencia en el mercado, por la calidad de su gestión e integridad.
El presente Programa tiene por objeto establecer un comportamiento ético, basado en la misión y la visión de Blinker. Asimismo, busca reducir la subjetividad de las interpretaciones de cada uno de los Sujetos Alcanzados sobre los principios morales y éticos.
El Programa comprende políticas que deberán leer y entender todos los empleados o prestadores de servicios a la Compañía.
El cumplimiento del Programa es obligatorio, y en caso de que alguna persona incumpla con el mismo, ello constituirá justificativa suficiente e inmediata para rescindir la relación laboral o de otro tipo que se tenga con la Compañía. Cumplir con los términos del Programa es una condición de empleo y relación comercial con Blinker.
Blinker privilegia la conducta ética, que priorice el aseguramiento de la prestación de un servicio de marketing digital y cualquier otra actividad que eventualmente pueda realizar, con un nivel de calidad, eficacia, y eficiencia que satisfaga las expectativas de los clientes, accionistas y empleados, preservando el cumplimiento de las normas legales.
Finalmente, el presente considera que la gestión corporativa de Blinker debe ser efectuada con integridad y responsabilidad social, fortaleciendo la imagen de la Compañía en relación con sus públicos de interés. A tal fin, como regla general, se deberá aplicar el sentido común, el buen juicio y la integridad a los problemas de negocios que enfrente a efecto de garantizar que sus decisiones se alineen con este Programa.
El presente Programa es de aplicación a todos los empleados de Blinker, incluyendo su Directorio, como así también a quienes se encuentren desarrollando tareas con la Compañía por un tiempo determinado o trabajo específico, cualquiera sea su ubicación geográfica (en adelante, los “Sujetos Alcanzados”).
4.1 Obligaciones de los Sujetos Alcanzados
4.1.1. Observar la conducta y decoro para con los colaboradores y/o empleados.
4.1.2. Desarrollar sus funciones y/o actividades acabadamente, haciendo suyos la misión, objetivos y políticas establecidas por el Directorio, poniendo su mejor esfuerzo en alcanzarlos de manera profesional y responsable.
4.1.3. Observar una conducta profesional, imparcial y honesta, respetando los procedimientos establecidos internamente, y se responsabilizarán de alcanzar la capacitación necesaria para el mejor desempeño de sus funciones.
4.1.4. En caso de mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos y/o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y/o funciones se deberá anteponer al mencionado interés propio, el debido cumplimiento de las obligaciones.
4.1.5. Abstenerse de obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad o influencia.
4.1.5.1. Los Sujetos Alcanzados podrá aceptar obsequios o atenciones de cortesía, únicamente cuando sean de poco valor, y un observador imparcial no pueda interpretar que están destinados a obtener ventajas indebidas. No se podrá aceptar, bajo ningún concepto, obsequios en dinero o bienes fácilmente convertibles en dinero. Las restricciones para la recepción de obsequios o servicios incluyen a los parientes de los Sujetos Alcanzados, consanguíneos hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado.
4.1.6. Abstenerse de ejercer presiones, amenazas o acoso de cualquier tipo contra otros empleados y/o funcionarios, que puedan afectar la dignidad e integridad de las personas o inducir a la realización de acciones dolosas.
4.1.7. Asegurar en todo momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo u orientación sexual, raza, religión, origen, estado civil o condición social.
4.1.8. Observar las normas relativas a seguridad e higiene en el trabajo, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales.
4.1.9. Utilizar los recursos e instalaciones de la Compañía sólo para propósitos del negocio y para el desarrollo de sus tareas.
4.1.10. Prestar su cooperación a los auditores internos y externos, revelando toda información necesaria o relevante para el objeto de su revisión.
4.1.11. El Empleado toma conocimiento y presta su consentimiento a que sus datos personales sean tratados mediante procesos informáticos para fines estrictamente relacionados con su empleo
a. Transparencia de la información
Blinker considera la transparencia en la información como un principio básico que debe regir su actuación. En particular garantiza que la información que se comunique sea veraz, completa, refleje adecuadamente la situación de la Compañía, así como el resultado de sus operaciones y sea comunicada cumpliendo los plazos y demás requisitos establecidos en las normas aplicables y principios generales de funcionamiento y de buen gobierno que la sociedad tenga asumidos.
Este principio de transparencia y veracidad de la información será también de aplicación en la comunicación interna.
Los Sujetos Alcanzados deberán comunicar la información tanto interna como externa en forma veraz. En ningún caso entregarán información incorrecta, incompleta o inexacta que pudiera confundir al que la recibe.
b. Información reservada y confidencial
La Compañía entiende que la información es uno de sus principales activos, imprescindible para la gestión de sus actividades.
Toda la información propiedad o custodiada por Blinker, de carácter no público, tiene la consideración de reservada y confidencial. Por tanto, todos los Sujetos Alcanzados están obligados a guardar la más estricta confidencialidad sobre aquella información a la que accedan como consecuencia del desempeño de su actividad profesional.
Los Sujetos Alcanzados no deberán hacer uso fraudulento de dicha información, evitando beneficiarse personalmente de una oportunidad de lucro de la que tuvieran conocimiento durante el desempeño de sus tareas.
Asimismo, deben abstenerse de utilizar el sistema informático de Blinker para enviar o recibir mensajes o archivos que sean de carácter ilegal, como así también cualquier tipo de software que no esté autorizado al efecto o que no cuente con las licencias correspondientes.
Revelar, difundir y usar información reservada y confidencial para usos particulares constituye una falta de lealtad, cuando se haga sin la debida autorización.
c. Protección de datos personales
La Compañía impulsa la aplicación de las nuevas tecnologías siendo consciente de los efectos derivados de una inadecuada utilización de las mismas.
Es por este motivo que pone especial cuidado en asegurar el derecho a Ia intimidad, protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, proveedores, empleados, instituciones y público en general. Los Sujetos Alcanzados no revelarán datos de carácter personal obtenidos de clientes, proveedores, empleados, administraciones públicas y público en general para que, de acuerdo con las leyes aplicables, se asegure la privacidad y la confianza depositada en la organización. Los Sujetos Alcanzados observarán las normas de protección de datos personales establecidas por las leyes nacionales como ser la N° 25.326 y convenios internacionales.
d. Declaraciones Públicas
Toda comunicación a los medios de difusión debe ser brindada exclusivamente por quienes sean expresamente autorizados por el Directorio. No deben hacerse seminarios, presentaciones públicas, etc. -sobre temas relacionados con la Compañía- sin la expresa autorización del Directorio.
a. Conflicto de intereses
Los Sujetos Alcanzados deberán evitar situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de la Compañía y se abstendrán de representar a la organización e intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que, directa o indirectamente, el mismo o un pariente cercano, tuviera interés personal.
Deberán actuar siempre en el cumplimento de sus responsabilidades, con lealtad y en defensa de los intereses de la Compañía.
Aquellos que pudieran verse afectados por un conflicto de intereses, lo comunicarán formalmente al Compliance Officer, previamente a la realización de la operación o conclusión del negocio de que se trate, con el fin de adoptar las decisiones oportunas en cada circunstancia concreta y así evitar que su actuación imparcial pueda verse comprometida.
Los siguientes casos o situaciones serán considerados como típicos conflictos de intereses entre miembros del Personal y la Compañía, sin que dicha enumeración resulte taxativa:
- Trabajar para un competidor, cliente o proveedor en cualquier función.
- Competir con la Compañía por la compra o venta de propiedades, productos o servicios.
- Tener intereses creados en transacciones que involucren a la Compañía o clientes (excepto compra de acciones de empresas que coticen en bolsa).
- Recibir préstamos, garantías o descuentos superiores a los ofrecidos al público en general de parte de clientes.
b. Relaciones personales con clientes
Los Sujetos Alcanzados no deben tener relaciones sociales ni de otro tipo con clientes, si la relación generara la percepción de que se está ejerciendo influencia para favorecer a alguien. Las relaciones con los clientes deben basarse en prácticas eficientes, justas y legales. Por su parte, la Compañía y los Sujetos Alcanzados tratarán a los mismos con respeto, honestidad y equidad.
c. Medidas contra el soborno y la corrupción
Los Sujetos Alcanzados no podrán realizar ni ofrecer, por si o por terceros, ningún pago en dinero, en especie o cualquier otro beneficio, a cualquier persona / servicio de cualquier entidad pública o privada, partido político o candidato para un cargo público, con la intención de obtener o mantener ilícitamente negocios u otras ventajas.
Tampoco podrán hacer pagos de facilitación o agilización de trámites, consistentes en la entrega de dinero u otra cosa de valor, cualquiera sea su importe, a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite o actuación ante cualquier órgano judicial, administración pública u organismo oficial.
Blinker se compromete a cumplir y hacer cumplir con todas las leyes aplicables contra el lavado de dinero.
Además de las consecuencias de la infracción de la presente disposición, y de otras consecuencias ajenas al orden laboral, el incumplimiento de lo dispuesto en este apartado puede causar un daño considerable a la reputación y buen nombre de la Compañía por lo que será punible de las sanciones legales que correspondieran.
d. Relaciones con el Sector Público
Nuestra responsabilidad observa honestidad e integridad en todos los contactos con funcionarios, administradores y empleados del sector público, evitando siempre que su conducta sea inapropiada.
En el contexto de ética empresarial y responsabilidad corporativa asumida, es política interna de Blinker generar un ambiente de control previo y durante el término de la contratación pública, a cargo del responsable de área que se encontrare trabajando con el Sector Público, debiendo cumplirse con las siguientes pautas:
- Observar la integridad de los contactos con los funcionarios que representen al sector público, prestando especial atención a las conductas que resulten impropias.
- Prohibir, en concordancia con lo dispuesto en el presente Código, la entrega o recepción de cualquier tipo de valor realizado con el propósito de influir en cualquier acto o decisión generada para que Blinker obtenga o retenga un contrato en su beneficio.
- Prohibir cualquier tipo de acuerdo entre empresas para distorsionar la debida competencia en la contratación pública.
- Prohibir la utilización de fondos, bienes o servicios de Blinker para contribuciones políticas, directa o indirectamente, o para apoyar u oponer referendos públicos o votaciones a menos que lo permitan las leyes que sean aplicables, y que ello sea aprobado previamente por el Directorio de las Compañía.
e. Integridad Financiera
Con la finalidad de no dañar la reputación Blinker, es indispensable que los registros escritos y declaraciones verbales realizados durante el proceso de preparación de informes financieros sean hechos con transparencia y exactitud, y que su contenido sea claro y comprensible.
Mantener y preparar registros exactos y declaraciones financieras transparentes no es sólo imprescindible para la toma de decisiones de la Compañía, sino también un requerimiento bajo las leyes de la República Argentina.
Mantener la integridad financiera de la Compañía no es responsabilidad exclusiva de nuestros profesionales que se encargan de registrar las transacciones; también lo es de todos y cada uno de los que contribuyen a apoyar y a elaborar los registros, informes y declaraciones de la Compañía.
Es absolutamente indispensable que todos los informes y documentos de Blinker presentados a las autoridades competentes de la República Argentina y/o de cualquier otra jurisdicción aplicable, así como a sus accionistas, proveedores y clientes, y cualquier documento público relacionado con Blinker, sean presentados en forma completa, exacta, oportuna y transparente.
Todos los libros, registros y cuentas financieras de las empresas deben reflejar las operaciones de forma clara y exacta, dando cumplimiento al espíritu y letra de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
El personal que cumple funciones de supervisión será responsable de establecer y mantener un sistema de controles en sus respectivas áreas de responsabilidad.
Deberá primar el principio de colaboración y acceso a la información frente a revisiones que sean llevadas adelante por personal autorizado por la Compañía, y responder claramente y a tiempo todas las preguntas que sean realizadas en el marco de dicha revisión. Coaccionar o engañar a quienes se encuentren autorizados para realizar revisiones (por ejemplo, empleados, auditores externos, etc.) contraviene las políticas de Blinker.
a. Comunicación
El presente Programa será comunicada a la totalidad de los Sujetos Alcanzados. En ningún caso podrá invocarse el desconocimiento de los principios establecidos en éste, ni justificarse conductas éticamente inapropiadas en función de instrucciones recibidas de un superior jerárquico.
La comunicación y difusión del Programa será efectuada por el Compliance Officer designado por la Compañía. Para su difusión, el área responsable utilizará las herramientas que estime necesarias, incluidas jornadas específicas y evaluaciones de conocimiento.
b. Denuncias
Si cualquier de los Sujetos Alcanzados toma conocimiento respecto del incumplimiento de cualquier de las disposiciones del presente Programa, deberá notificarlo inmediatamente al Compliance Officer.
a. Propósito
En este documento se describe la política y los lineamientos que deben observar los Sujetos Alcanzados, en relación con todos los canales de comunicación social que utilizan, ya sea en forma profesional o personal.
Las plataformas de las redes sociales nos ayudan a difundir información clave sobre la Compañía. A su vez, fomentamos que nuestros profesionales utilicen las redes sociales para colaborar y conectarse con los clientes, prospectos y colegas. Las redes sociales son una herramienta poderosa para acelerar nuestro negocio. Sin embargo, de la misma manera en que las redes sociales pueden promocionar de manera eficaz, nuestra marca o valores individuales, cuando se utilizan en forma indebida (incluso para fines estrictamente personales), pueden afectar negativamente a Blinker o su imagen y credibilidad.
b. Objetivo
Nuestro objetivo es ayudar a los Sujetos Alcanzados a tomar las decisiones apropiadas sobre el uso de las redes sociales, tanto a nivel profesional como personal. Se requiere que los empleados que utilizan las redes sociales en relación con Blinker garanticen que las opiniones y mensajes reflejen el mejor interés y la reputación de Blinker.
c. Relación con otras Políticas, De Ética Y Conducta
Su comportamiento en línea debe ser coherente con el Programa, con todas las demás políticas corporativas aplicables, con todos los manuales del empleado correspondientes y con todas las directivas específicas que pueda emitir la dirección de la Compañía en forma periódica. Cualquier acción que refleje la falta de observancia del Programa o de las políticas o directivas indicadas anteriormente puede derivar en una acción disciplinaria, incluida la terminación de la relación laboral. Esta política puede ser modificada en forma periódica, a discreción de Blinker, bastando la simple notificación de la modificación.
d. Disposiciones Generales
Lo Sujetos Alcanzados deben tener en cuenta que las plataformas de redes sociales en línea son espacios públicos. Cualquier publicación en línea puede continuar siendo pública en forma indefinida. Por ello, las publicaciones efectuadas por los Sujetos Alcanzados recaen sobre ellos y potencialmente sobre Blinker, con lo cual deberán ser coherente y profesionales en lo que respecta a las imágenes, el lenguaje, el tono de voz y la información que desean transmitir a amigos, familiares, colegas y clientes.
Los Sujetos Alcanzados son personalmente responsable de sus palabras y acciones en el mundo en línea y cuando participa en las redes sociales y dicha participación la realiza en su propio nombre, salvo autorización expresa de Blinker.
e. Su responsabilidad – Personal y Profesional
Los Sujetos Alcanzados deben recordar que, cuando participan en las redes sociales y hablan a título personal, todavía pueden estar vinculados a Blinker, ya sea que se refiera o no a Blinker directamente o identifique de otro modo en forma explícita su relación con Blinker, por cuanto otras personas pueden realizar esta asociación en forma implícita.
La vida laboral y personal no siempre son fáciles de distinguir en línea, por lo cual se espera que los Sujetos Alcanzados se comporten en forma honesta y respetuosa en ambos roles, en todo momento. El incumplimiento de las políticas de Blinker con respecto a las redes sociales, incluso cuando se actúa en un ámbito estrictamente personal o social, puede derivar en una acción disciplinaria, incluida la terminación de la relación laboral.
A nivel general, cada Sujeto Alcanzado:
- Es personalmente responsable por lo que comunica en las redes sociales. Como profesional que utiliza las redes sociales en relación con Blinker, debe identificarse claramente con su nombre y, en su caso, con su cargo en la Compañía. Si divulga su relación como empleado de Blinker en sus mensajes de las redes sociales, también debe incluir una exención de responsabilidad de que sus puntos de vista no representan los de la Compañía.
- Debe emplear el sentido común y recordar que lo que publica hoy podría estar disponible para una audiencia masiva (incluida la Compañía, los futuros empleadores y conocidos) durante mucho tiempo, incluso si lo reconsidera y lo elimina posteriormente.
- Debe aclarar que está hablando en su propio nombre. Para ello, deberá escribir en primera persona y utilizar su dirección personal de correo electrónico cuando se comunique a través de las redes sociales. Nunca debe realizar publicaciones anónimas en las redes sociales cuando la publicación pudiera atribuirse a Blinker, clientes, socios comerciales, proveedores u otras partes interesadas. Los mensajes anónimos a menudo pueden remitir a la dirección de correo electrónico del remitente original.
Más específicamente, la lista no exhaustiva de conductas prohibidas al utilizar las redes sociales (incluso a título personal) incluye:
- La publicación de cualquier material que pueda dañar la reputación de Blinker o de cualquiera de sus clientes, proveedores, socios u otras partes interesadas;
- La publicación de cualquier información no pública relativa a la Compañía (por ejemplo, resultados financieros no revelados u operaciones pendientes);
- La violación de cualquier obligación de confidencialidad pertinente, o de las leyes aplicables en materia de propiedad intelectual o privacidad;
- La publicación de cualquier material que pueda ser considerado ofensivo, intimidatorio, que indique acoso o discriminación contra cualquier persona o grupo (por etnicidad, raza, género, política, etc., sea o no un colega de Blinker);
- La publicación de cualquier información ofensiva, obscena, pornográfica, criminal o despectiva;
- La publicación de cualquier declaración que pueda dar lugar a cualquier responsabilidad civil o penal, ya sea para Blinkero para usted mismo;
- Cualquier otra conducta que sea contraria a las políticas existentes de Blinker.
En el caso de que tenga lugar alguna de las conductas antes descritas, Blinker se reserva el derecho de requerir que se retire sin demora o se haga inaccesible cualquier material ofensivo de la plataforma de las redes sociales pertinentes (además de tomar cualquier otra medida disciplinaria).
f. Seguridad & Privacidad
Blinker recomienda que todos los empleados comprueben regularmente sus configuraciones de seguridad/privacidad de redes sociales y restrinjan el acceso público a las cuentas personales o profesionales que deseen, con limitación a sus contactos aceptados.
g. Creación de cuentas de redes sociales de Blinker
La creación de cuentas empresariales de Blinker en las redes sociales, existentes o a crearse en el futuro, que representen a la Compañía a nivel local, nacional o mundial está prohibida sin la autorización expresa del Presidente de la Compañía.
h. Confidencialidad, Propiedad Intelectual y Leyes Aplicables
Los Sujetos Alcanzados deberán proteger siempre la información confidencial, conforme la legislación aplicable y cualquier convenio existente en ese sentido. Deberán asegurarse también de que cualquier referencia a clientes, proveedores u otros terceros no viole ninguna obligación de confidencialidad.